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La legítima neerlandesa no llega automáticamente a su cuenta. Quien tenga derecho debe comunicar a tiempo que desea recibirla. Como regla general, el límite es de cinco años desde el fallecimiento, aunque antes puede haberse fijado un plazo razonable más breve. La ley también establece un plazo especial de nueve meses para una situación concreta de usufructo del cónyuge. El momento de reclamar el derecho y aquel en que puede exigirse el pago son cuestiones distintas. Si se acerca un plazo, falta información o se discute el cálculo, haga revisar su posición por un abogado sucesorio. Esta guía trata del crédito dinerario conforme al derecho neerlandés, no de obtener un objeto concreto de la herencia.

Fuentes (6)
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1. Compruebe si es legitimario

La legítima protege a un grupo de descendientes del fallecido definido por la ley. A menudo se trata de un hijo desheredado mediante testamento. La posición de un nieto exige un examen separado: ser familiar no significa que cada persona tenga por sí misma el mismo derecho. El cónyuge desheredado no tiene legítima, aunque puede disponer de otros derechos.

Por ello, aporte los datos familiares y el testamento. Indique quién vivía en el momento del fallecimiento y quién es heredero según el testamento. Si existe un vínculo internacional, haga determinar primero qué derecho resulta aplicable. Que una sola persona implicada resida en los Países Bajos no basta por sí mismo para responder a todas las cuestiones sucesorias mediante derecho neerlandés.

Explicación oficial: Explicación oficial.

2. Entienda la diferencia con una cuota hereditaria

Según Notaris.nl, la legítima consiste en una cantidad de dinero igual a la mitad de lo que el hijo heredaría por ley. No da derecho a un objeto determinado. Reclamarla tampoco convierte automáticamente al hijo desheredado en coheredero con todas las facultades de administración correspondientes.

Por tanto, no se limite a pedir una llave, un cuadro o acceso a una cuenta como si ya participara en el reparto. Defina qué derecho económico quiere que se examine y qué información necesita para ello. La diferencia entre una cuota hereditaria, un legado y la legítima influye en a quién se dirige y qué solicita.

Para esta cuestión relacionada, consulte Desheredado por su progenitor: ¿qué posición conserva y cuándo necesita un abogado?.

3. Preserve el derecho a tiempo y de forma acreditable

El criterio del grupo de conocimiento de la Administración tributaria publicado en abril de 2026 remite al artículo 4:85 del Código Civil: sin una declaración dentro del plazo razonable fijado por un interesado y, en otro caso, como máximo cinco años después del fallecimiento, se extingue la posibilidad de reclamar la legítima. No espere a terminar todo el cálculo para hacer revisar una carta que le impone un plazo.

Si hace falta, encargue una declaración clara de que desea recibir la legítima, dirigida a las personas correctas. Guarde el texto y la prueba de recepción. Preguntar informalmente si queda algo para usted no equivale, sin examinarlo, a formular una reclamación jurídicamente clara. No trate el vencimiento como una simple fecha de recordatorio que se prorroga automáticamente.

Existe un riesgo distinto en el artículo 4:85, apartado 2. Si nueve meses después del fallecimiento todavía no está claro en qué medida el cónyuge reclama un usufructo conforme al artículo 4:30, puede extinguirse la parte de su crédito que recaiga sobre ese cónyuge. Según esa disposición, se evita declarándole dentro de esos nueve meses que desea recibir su legítima. Es una situación específica, no un plazo general de nueve meses para todo legitimario. Haga revisar de inmediato su aplicación y una posible prórroga conforme al artículo 4:77.

4. No equipare la reclamación con la exigibilidad

El artículo 4:81 establece como punto de partida que el crédito es exigible desde los seis meses posteriores al fallecimiento. Eso no significa que en toda herencia pueda forzarse el pago inmediato a partir de entonces. El régimen legal y el testamento pueden establecer un aplazamiento relevante, entre otros supuestos por la existencia de una pareja superviviente.

Notaris.nl explica que un testamento puede disponer que el hijo reciba la legítima solo después de fallecer la pareja. Haga examinar por ello la redacción concreta y las circunstancias. Que el pago corresponda más adelante no justifica dejar vencer su propio plazo para reclamar el derecho. Anote ambas cuestiones por separado en el expediente.

Para esta cuestión relacionada, consulte Exigir un crédito al cónyuge supérstite: ¿cuándo es posible?.

5. Pida los datos necesarios para un cálculo comprobable

El cálculo empieza por la masa para determinar la legítima: el valor de los bienes hereditarios, más las donaciones que la ley obliga a computar y menos las deudas específicamente deducibles. El artículo 4:65 remite, para la deducción, al artículo 4:7, apartado 1, letras a hasta c y f. Por tanto, no se deducen todas las deudas de la herencia de la misma manera. Se aplica a esa base ajustada la mitad de su cuota sucesoria legal; después pueden descontarse, entre otros conceptos, donaciones o adquisiciones que usted haya recibido anteriormente.

Ejemplo ficticio y simplificado: un progenitor sin cónyuge deja dos hijos jurídicos y ha desheredado a la hija. Hay bienes por 240.000 €, deudas deducibles por 20.000 € y una donación de 60.000 € al hermano que debe incluirse en este cálculo. La masa asciende entonces a 280.000 €. La cuota legal de la hija es de la mitad y su fracción legitimaria, de una cuarta parte. Su legítima bruta es, en este ejemplo, de 70.000 €, antes de imputar posibles adquisiciones propias. Otras relaciones familiares, donaciones o deudas modifican el cálculo; no se promete ese pago a una persona concreta.

Si es legitimario sin ser heredero, el artículo 4:78 le reconoce frente a los herederos y los albaceas encargados de administrar el derecho a examinar documentos, obtener copias y recibir información necesaria para el cálculo. Pida de forma dirigida el inventario patrimonial, las valoraciones relevantes, los justificantes de deudas y los datos de las donaciones. Explique qué falta y por qué es necesario; no se trata de acceso ilimitado a todo archivo privado.

Para esta cuestión relacionada, consulte Sin información sobre la herencia: qué pedir como heredero y cuándo ayuda un abogado.

6. Responda a un cálculo discutido con una cuestión concreta

Si su cálculo difiere del de los herederos, desglose la diferencia. ¿Afecta a las personas que deben tenerse en cuenta, al valor de un bien, a una deuda o al tratamiento de una donación? Una lista de discrepancias y documentos facilita pedir información específica y evita que cada respuesta vuelva a comenzar por todo el conflicto familiar.

Un notario puede ayudar a explicar las reglas y a tramitar una liquidación comprobable; si hay conflicto, un abogado puede defender su posición y evaluar qué información o pago pueden exigirse. Pregunte para quién actúa el profesional que ya interviene. Una carta del notario contratado por los herederos no es automáticamente asesoramiento independiente dirigido a usted.

7. Ejemplo ficticio: cobrar después, reclamar ahora

Imagine que un hijo desheredado sabe que una pareja superviviente no tiene que pagar por el momento. Por eso decide no hacer nada hasta que fallezca esa pareja. Entretanto sigue transcurriendo el tiempo desde la muerte del progenitor. La diferencia entre aplazamiento del pago y plazo para reclamar puede convertirse entonces en decisiva.

Una preparación concreta consiste en hacer revisar el testamento, la fecha de fallecimiento y las cartas recibidas, y emitir a tiempo la declaración necesaria. Después se estudian por separado el cálculo y la posible fecha de cobro. Este ejemplo ficticio muestra un riesgo, pero no establece que toda persona superviviente pueda utilizar el mismo aplazamiento.

8. Lista para su primera consulta

Coloque al principio del expediente la fecha de fallecimiento y cada plazo fijado. Indique si ya ha escrito que desea recibir la legítima y a quién. Pregunte primero por su posición y la vigilancia de plazos y acuerde después cómo investigar la información, el cálculo y una posible recuperación del importe.

  • Testamento, datos familiares y datos de los herederos implicados.
  • Fecha del fallecimiento y todas las cartas que establezcan un plazo de respuesta.
  • Su declaración o correspondencia anterior con prueba de envío y recepción.
  • Inventario recibido, valoraciones, deudas y datos relevantes de donaciones.
  • Lista de información pendiente y discrepancias concretas sobre el cálculo.

Compruebe un cálculo reconstruyendo la diferencia

Retome el ejemplo ficticio anterior: una masa de cálculo de 280.000 € y una fracción de legítima neerlandesa de un cuarto. Si un resumen indica solo 55.000 €, la diferencia frente a 70.000 € no demuestra automáticamente un perjuicio. Pregunte primero qué base se utilizó. Un cuarto de 220.000 € son 55.000 €: podría haberse omitido, por ejemplo, la donación citada de 60.000 €. Es una cuestión para investigar, no una conclusión sobre si jurídicamente debe computarse.

Compare por renglón la fecha de valoración, los bienes, las donaciones añadidas, las deudas descontadas y las adquisiciones imputadas a su propio crédito. Identifique qué línea provoca la diferencia. Discutir el valor de la vivienda requiere pruebas distintas de discutir la naturaleza de una donación. Separe también la fecha de pago: un cálculo correcto no hace siempre exigible de inmediato la cantidad.

Preguntas frecuentes

¿Reclamar la legítima me convierte en heredero?

No automáticamente. La legítima es un derecho económico. La condición de heredero y las facultades de administrar y repartir deben determinarse por separado.

¿Siempre tengo cinco años para actuar?

No siempre. Además de un plazo razonable anterior más breve y del límite general de cinco años, existe la regla especial de nueve meses del artículo 4:85, apartado 2, cuando todavía no se conocen las pretensiones de usufructo del cónyuge. Haga determinar el plazo aplicable inmediatamente.

¿Tengo que conocer primero el valor definitivo?

No espere todos los datos sin asesoramiento si puede vencer un plazo. Reclamar el derecho oportunamente y concretar después su cuantía son tareas diferentes.

¿Puedo exigir el pago en cuanto reclamo?

Depende de la exigibilidad y de un posible aplazamiento legal o testamentario. Reclamar el derecho no significa que ya esté acreditada la obligación de pagar inmediatamente.

Fuentes

Estas fuentes corresponden a esta página. Para un caso concreto, comprueba las normas vigentes y tus documentos.

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Revisión jurídica

Aún no revisado jurídicamente

Esta versión todavía no ha sido revisada por un jurista o abogado. Comprobar fuentes o editar el texto no equivale a una aprobación jurídica.

Redacción Derecho sucesorio en los Países Bajos

Vinculamos las explicaciones con fuentes y registramos los cambios concretos. La revisión jurídica solo se atribuye a la versión realmente revisada, con una persona real, fecha y alcance. La revisión humana de estos artículos sigue pendiente.

Ricardo van der Spoel

Ricardo van der Spoel

Responsabilidad editorial · Organización editorial y tecnología